jueves, noviembre 28, 2024

Tulio Gómez insiste en tutelas, pero el abogado conocía al magistrado, ¿y qué pasó con Dilian Francisca Toro?

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De nuevo hay revuelo en la campaña electoral por la Gobernación del Valle del Cauca, el magistrado Óscar Dimaté, encargado de revisar la tutela que presentó Tulio Gómez, se declaró impedido, luego de que se revelará su cercanía con el abogado del candidato, Carlos Ariel Sánchez.

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Una serie de interrogantes  han vuelto a surgir con relación a las tutelas y la candidatura del aspirante a gobernador Tulio Gómez, quien le apuesta a llegar a la Gobernación del Valle, pero que el fantasma de la inhabilitación lo persigue.

Dos nuevos factores han puesto álgido este tema.

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Y es que ahora se conoció que presuntamente, la también candidata y exgobernadora, Dilian Francisca Toro, habría tenido que ver “con la petición de que se traslade el expediente de Cundinamarca a Cali”.

Esto, como una supuesta forma de acelerar el proceso para que Gómez, o no llegue como candidato al 29 de octubre, o “su imagen quede disminuida”.

Precisamente la tutela radicada, menciona textualmente que se solicita la remisión de expedientes de tutela a la Oficina de Reparto de los Tribunales del Valle.

El documento precisa que es el lugar competente para resolver la controversia que se genera con las acciones constitucionales impetradas.

Magistrado se declaró impedido en el caso Tulio Gómez

Sin embargo, a esta situación se sumó el pronunciamiento del magistrado Óscar Armando Dimaté, el encargado de revisar la tutela que presentó el mayor accionista del América de Cali, candidato a la Gobernación vallecaucana.

Por medio de un escrito, se declaró impedido después de comunicar su cercanía con el abogado del candidato.

 “Con el debido respeto, estando la acción de tutela para fallo, debo manifestar mi impedimento para seguir conociendo el proceso de la referencia, dada la circunstancia sobreviniente relacionada con que el día jueves 12 de octubre del presente año, se presentó por parte del doctor Carlos Ariel Sánchez, quien manifiesta ser el apoderado principal de accionante Tulio Gómez, solicitud de intervención como coadyuvante de dicho señor”, señala Dimaté.

Durante el documento oficial, el magistrado citó el artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, el cual ordena que el juez debe declararse impedido cuando concurran las causales del Código de Procedimiento Penal.

“Considero que en este asunto se presenta la causal establecida en el numeral 5, del artículo 56, del Código de Procedimiento Penal, que establece: que exista amistad íntima o enemistad grave entre alguna de las partes, denunciante, víctima o perjudicado y el funcionario judicial”, explicó.

Causal de impedimento

En ese sentido, Dimaté anotó que esa causal de impedimento se presenta debido a que desde hace años sostiene relaciones de amistad con Sánchez.

Además, fueron vecinos en su juventud en el municipio de Madrid, Cundinamarca.

 “La situación que puede generar malinterpretaciones respecto de la objetividad e imparcialidad con que debe actuar un juez al decidir los casos sometidos a su estudio, como en este caso”, finalizó.

Cabe recordar que esta acción de tutela impuesta por el candidato Tulio Gómez, acompaña el recurso de reposición a la decisión del CNE, pues la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral votó 6 a 2 la revocatoria de la candidatura a la Gobernación del Valle de Tulio Gómez Giraldo.

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