jueves, noviembre 21, 2024

Nación gana demanda en la que afectados por cierre de DMG pedían ser indemnizados

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El Consejo de Estado ratificó una decisión que excluía de responsabilidad a la Nación.

El Consejo de Estado ratificó una decisión del Tribunal Administrativo del Huila en la que los magistrados negaron una demanda que presentó un grupo de inversores de DMG que tenía el objetivo de lograr de que la Nación los indemnizara por los daños causados a raíz de la pérdida de los dineros que invirtieron en la captadora ilegal de dinero.

Los accionantes afirmaban en la demanda que las autoridades omitieron su compromiso de realizar labores de inspección y vigilancia, por lo que la falta de gestión de parte del Estado, habría causado que se generara respaldo en que DMG pudiera captar dineros públicos.

“Precisaron que esa falta de gestión oportuna por parte del Estado condujo a la concreción de una confianza legítima alrededor de la autorización legal que tenía DMG para captar dineros del público”, dice el pronunciamiento del tribunal.

Según explicó el Consejo de Estado, en el expediente de este caso, se probó que la Superintendencia Financiera sí emitió una advertencia, a través de diversos mecanismos, en la que explicaba detalladamente la falta de autorización que tenía la firma para captar dinero y las consecuencias que esta situación generaría.

“Recalcó que la Superintendencia de Sociedades la intervino y promovió su liquidación judicial, luego de que el Gobierno se viera forzado a decretar una emergencia social causada por la proliferación de esta y otras captadoras ilegales de dinero”, añade el comunicado.

Para los magistrados del contencioso administrativo, estas situaciones dejan en evidencia que no se registró ninguna omisión de parte del Estado a través de los órganos de control, por lo que no habría razón para declarar perjuicios a favor de los accionistas de DMG.

“Se produjeron las actuaciones correspondientes a las competencias de la administración, lo que además desvirtúa la supuesta confianza legítima derivada de la falta de gestión de las autoridades. (…) Sí hubo testimonios en los que se evidenció la falta de diligencia que tuvieron los propios demandantes a la hora de evaluar los riesgos de sus inversiones”, concluye el pronunciamiento.

Para el Consejo de Estado, la falta de atención y cuidado de los demandantes la que dio lugar a los perjuicios, “teniendo en cuenta lo notorio de la irregularidad de un acuerdo basado en la promesa de rendimientos financieros”.

 

 

 

 

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