La Fiscalía no pudo comprobar que el empresario sí conducía en grado 3 de alcoholemia.
Las pruebas de rigor a las que fueron sometidas las seis víctimas mortales del accidente ocurrido el pasado 13 de septiembre del 2021 en Gaira, donde arrojó el estado de alcohol y drogas en su cuerpo, también debieron hacérselas a Enrique Vives.
Con estos exámenes que realiza Medicina Legal, la Policía de Tránsito confirmaría el grado tres de alicoramiento que tenía el empresario al momento del accidente vial.
Sin embargo, no se le hizo en los tiempos exigidos, en lo que se trató de un claro mal procedimiento de las autoridades.
El abogado de Vives se valió del descuido de las autoridades en este procedimiento, que exige la ley cuando ocurre una tragedia con víctimas mortales, y logró desvirtuar el principal argumento de la Fiscalía para judicializarlo por el delito de homicidio en la modalidad de dolo eventual.
En ese sentido, no se pudo confirmar de ninguna manera, de acuerdo a las evidencias que posee la defensa, que Vives Caballero estuviera conduciendo en estado de alicoramiento.
La astucia del abogado Alex Fernández, permitió no solo retirarle la sanción por el comparendo que se le impuso al empresario, sino que motivó un preacuerdo con la Fiscalía para que fuera imputado finalmente por homicidio culposo y respondiera con una condena mínima de 92 meses, que equivalen a siete años y ocho meses de prisión domiciliaria.
Ahora este acuerdo deberá ser aprobado por un juez en la nueva audiencia que quedó programada para el 17 de junio, durante la cual se daría por cerrado completamente el proceso que cursa contra Enrique Vives Caballero.