viernes, septiembre 27, 2024

Pistola incautada en el Valle fue utilizada en 24 homicidios: autoridades lo establecieron por la identificación balística

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Desde la Dijín indicaron que los crímenes fueron cometidos en Yotoco, Buga y Tuluá. El arma había sido utilizada en un total de 27 actos delictivos y fue decomisada a un hombre en medio de una requisa de rutina.

Noticias Colombia.

Durante el pasado lunes 23 de mayo del presente año las autoridades en el municipio de Yotoco llevaron a cabo la incautación de un arma de fuego tipo pistola SIG Sauer a un hombre que caminaba por este sector del Valle del Cauca.

El decomiso de acuerdo a lo informado por la Dijín, se registró en medio de un requisa de rutina.

Dicha incautación pudo haber pasado desapercibida, sin embargo lo que lograron establecer las autoridades ha dejado a muchos sorprendidos y estupefactos.

Asesinaron a 24 personas

Noticias Caracol conversó con el Mayor General Fernando Murillo, Director de la Dijín, quien confirmó que con dicha arma de fuego se cometieron al menos 27 actos delictivos.

De estos 24 fueron homicidios, los cuales tuvieron como centro de accionar en los municipios de Yotoco, Buga y Tuluá.

El uniformado informó que esta pistola incautada el pasado lunes 23 de mayo fue enviada a estudios de criminalística de la Dijín, en donde lograron identificar la trazabilidad y los homicidios que con la misma se cometieron.

Lo comprobaron por el Registro Nacional de Identificación Balística

Murillo recalcó que lograr comprobar dicha información, que se verificó en los laboratorios de la Dijín y la Fiscalía ayudará a conocer la trazabilidad y el uso en hechos delictivos que se le da a muchas armas en el país.

Precisó que esto será clave para la puesta en marcha del Decreto 771 de 2022,  firmado por el presidente Iván Duque el pasado mes de mayo y que «Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa», para reglamentar el artículo 5 de la Ley 1941 de 2018 – Registro Nacional de Identificación Balística».

Y en el que su artículo 2.2.4.4.1. tiene como objeto: «Establecer criterios y directrices para la operación del Registro Nacional de Identificación Balística – RNIB de que trata el artículo 5 de la Ley 1941 de 2018 el cual contará con la información de la huella balística de todas las armas de fuego con permiso de tenencia y porte, y con la información sobre la huella balística de las armas vinculadas en cualquier momento a una investigación judicial de carácter penal».

Registro Nacional de Identificación Balística

Dicho sistema permite lo siguiente:

«Interoperabilidad entre el Sistema de Información de Huella Balística Civil- SIHBC y Sistema de Información de Huella Balística Criminal -SIHBCR, mediante datos y registros simples, soportados en la información obtenida a través de la huella balística de las armas de fuego. Bajo los principios de autenticidad, identidad, integridad, inalterabilidad, preservación, seguridad, almacenamiento y continuidad, de la información allí registrada».

Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, para reglamentar el artículo 5 de la Ley 1941 de 2018 – Registro Nacional de Identificación Balística

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