lunes, noviembre 25, 2024

Desde hoy será obligatoria una autorización para niños que viajen solos en transporte terrestre: estos son los requisitos

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Desde hoy los menores deben estar acompañados por sus padres o un adulto autorizado y portar documentos que acrediten su identidad.

Noticias Colombia.

Con el objetivo de prevenir la explotación sexual y garantizar la seguridad de los menores de edad que viajan en transporte público, la Superintendencia de Transporte lanzó una estrategia enfocada en la correcta identificación de estos pasajeros.

A partir del 2 de octubre, los niños y adolescentes deberán viajar acompañados de un adulto responsable que presente los documentos requeridos, o contar con una autorización firmada por los padres o tutor legal en caso de viajar con terceros.

Nancy Mesa, delegada para la Protección de Usuarios, anunció la nueva medida desde la Terminal Terrestre de Bogotá, previo a la temporada vacacional de noviembre.

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La funcionaria destacó que esta directriz, enmarcada en la circular del Ministerio de Transporte, busca evitar situaciones que vulneren los derechos de los menores y será de obligatorio cumplimiento para todas las empresas de transporte público. Aquellas que no acaten la normativa podrían enfrentarse a sanciones.

Mesa subrayó que los menores deben estar acompañados por sus padres o un adulto autorizado y portar documentos que acrediten su identidad.

En los casos donde viajen con personas ajenas a la familia, la empresa de transporte deberá exigir una autorización firmada por al menos uno de los padres o el tutor legal.

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Además, los acompañantes adultos deberán presentar documentos válidos como cédula de ciudadanía, pasaporte, o cédula de extranjería. Para los menores, los documentos válidos incluyen el registro civil, la tarjeta de identidad, o el pasaporte.

Si el menor no es recibido en su destino por la persona autorizada, la empresa de transporte deberá activar un protocolo de emergencia, comunicándose con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para garantizar la protección del menor hasta que las autoridades determinen el curso de acción.

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