El Ministerio de Trabajo analizan el posible incremento de la tarifa de los domicilios.
Rappi logró llegar a un acuerdo con el Ministerio de Trabajo para cuidar los derechos laborales de los rappitenderos, quienes usan la aplicación para generar ingresos económicos.
Con este acuerdo quieren mejorar las condiciones laborales de más de 150.000 domiciliarios, quienes han estado pidiendo mejores entradas económicas.
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Entre los acuerdos a los que se llegaron estar el posible incremento del precio, en donde se revisará las tarifas mínimas garantizadas. Sin embargo, esta decisión está siendo discutida, pero es una de las posibles opciones para garantizar un mejor ingreso económico.
Si se llega a un acuerdo, se haría un cambio en los pagos que hacen los usuarios y de esta manera se garantizaría la tarifa mínima. Esta es una propuesta que las dos partes seguirán analizando para tomar una decisión al respecto.
Luego que el Ministerio del Trabajo y Rappi llegaran a un acuerdo, la ministra Gloria Inés Ramírez señaló que “con el proyecto de ley de la reforma laboral buscamos que el trabajo en plataformas de reparto, sean dignos y decentes, para que de esta manera aporten a la productividad de los nuevos modelos empresariales, pero sin precarización. La plataforma digital deberá afiliar al trabajador a todos los subsistemas del Sistema Integral de Seguridad Social y realizar los correspondientes aportes, de acuerdo a la norma”.
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Por otro lado, el viceministro de Relaciones Laborales, Edwin Palma Egea, manifestó que “es el primer acuerdo, la primera experiencia en toda la región entre una plataforma y una organización de trabajadores, que reconocen la organización laboral de los repartidores en Colombia. En segundo lugar, estas conversaciones nos han permitido entender cómo funciona el negocio, cuáles son los problemas de los trabajadores y ponerlos sobre la mesa y avanzar en unas mejores condiciones de trabajo para el sector. Así mimo, con la reforma laboral los trabajadores tienen el derecho a la asociación y negociación colectiva”.