En Colombia, la ley establece cinco grados de alcoholemia y sanciones que varían según el nivel detectado y el tipo de vehículo.
En los últimos días, en Bogotá se han presentado algunos casos de siniestros viales producidos por borrachos al volante. Uno de ellos tuvo lugar en la localidad de San Cristóbal, donde un taxista en estado de embriaguez arrolló a once personas, dejando varios heridos y, hasata el momento, una menor de 15 años fallecida.
Otro caso se dio en la noche del pasado martes, en la localidad de Kennedy, en donde otro conductor bajo los efectos del alcohol atropelló a varios motociclistas, lo que desató la ira de múltiples moteros que decidieron hacer justicia por mano propia y lincharon al conductor del vehículo.
En ese contexto, Alerta Bogotá 104.4 FM entrevistó a Cristian Jiménez, exfuncionario del Ministerio de Transporte y de la Secretaría de Movilidad, quien explicó el alcance jurídico y administrativo de los casos de embriaguez al volante. Según Jiménez, la ley 1696, conocida como Ley Merlano, establece cinco grados de alcoholemia y sanciones que varían según el nivel detectado y el tipo de vehículo.