Para muchos conductores esto resulta siendo muy cómodo.
Las personas tienen distintas prácticas al conducir sus vehículos. Algunas, por comodidad, prefieren hacerlo descalzas, con chanclas o en sandalias. Esto ha generado dudas sobre posibles implicaciones de seguridad o legales para quienes manejan así.
En Colombia, a diferencia de España, las leyes no estipulan una norma específica sobre el tipo de calzado permitido al conducir. Aunque el Código de Tránsito no establece restricciones, existen implicaciones de seguridad y legales que deben considerarse.
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Un jurista especializado en temas de conducción, en entrevista para el diario El País, señala que manejar un vehículo puede ser peligroso, especialmente si se hace con un calzado inadecuado. Esto podría resultar en sanciones legales.
Por ello, se recomienda usar un zapato que se adecue al conductor al momento de conducir. Es preferible que sean ajustados, planos y con suela antideslizante para garantizar la estabilidad.
Según lo establecido en el código, los conductores tienen la obligación de mantener la libertad de movimientos y prestar atención constante a la conducción. Esto implica que cualquier acción que ponga en riesgo la seguridad propia o la de terceros está sujeta a sanciones por parte de las autoridades competentes.
Aunque no exista una normativa específica sobre el tipo de calzado permitido al conducir, cualquier comportamiento negligente o temerario que comprometa la seguridad vial puede ser objeto de multas y sanciones.
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Las autoridades de tránsito tienen la facultad de imponer medidas correctivas ante situaciones que representen un peligro para la circulación en las vías públicas, incluyendo acciones como conducir sin la debida precaución o con calzado que dificulte el control adecuado del vehículo.