El hombre fue imputado como presunto autor del delito de terrorismo. Los atentados obedecían a una oleada de extorsiones contra varias personas del municipio, dijeron las autoridades.
Noticias Nariño.
En las últimas horas fue judicializado el presunto de la oleada de extorsiones en el municipio de Cumbal.
Se trata de Rodrigo C., quien fue imputado como presunto autor del delito de terrorismo, por hechos ocurridos en dos viviendas de este municipio.
Los hechos ocurrieron el 3 de diciembre de 2022, cuando fueron detonados artefactos explosivos en dos viviendas de los barrios Llorente y Granada del municipio nariñense; lográndose desactivar otras tres bombas en el mismo sector por unidades antiexplosivos de la Policía.
Las explosiones afectaron las viviendas del actual gobernador indígena del cabildo Gran Cumbal y de un ciudadano del municipio.
Investigaciones permitieron establecer que esta situación obedecería a una oleada de extorsiones contra varias personas en del municipio, entre propietarios de establecimiento comerciales, funcionarios del cabildo indígena y el propio alcalde.
Las labores de búsqueda en bases de datos y entrevistas permitieron establecer que Rodrigo habría sido la persona que ubicó los explosivos.
Judicializan a un hombre por terrorismo, quien habría organizado oleada de extorsiones en Cumbal, #Nariño. Rodrigo Enrique Chiran Valenzuela fue imputado como presunto autor del delito de terrorismo, por hechos ocurridos en dos viviendas de este municipio nariñense. pic.twitter.com/tnQ7hdIggk
— Fiscalía Colombia (@FiscaliaCol) May 31, 2023
En las interceptaciones se pudo establecer que el procesado realizaba a sus víctimas llamadas cobrando cuotas extorsivas.
Así se confirmó que Rodrigo sería el autor de los actos terroristas.
Una vez emitida la orden de captura, el asegurado fue detenido por el Gaula, cuando se desplazaba por un sector de la población, siendo puesto a disposición de la autoridad competente.
Acogiendo la solicitud de un fiscal especializado, un juez penal promiscuo de Iles (Nariño), dictó medida de aseguramiento privativa de la libertad.
Sin embargo, el judicializado no se allanó al cargo.