viernes, noviembre 22, 2024

Colombia firma acuerdo con Portugal y Argentina para reconocimiento recíproco de licencias de conducción

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Actualmente, Colombia tiene acuerdos suscritos para el reconocimiento de licencias con Chile, Corea del Sur, España, Paraguay y Perú.

Con el propósito de fortalecer las relaciones internacionales, promover la cooperación de las partes en materia de circulación y seguridad vial, así como continuar con la tarea de digitalización de trámites, Colombia firmó con Portugal y Argentina un acuerdo para el reconocimiento recíproco de licencias de conducción, lo que significa que los ciudadanos portugueses y argentinos podrán hacer la homologación del documento en Colombia, y de igual forma, los colombianos en Portugal y Argentina.

En el caso de la firma con Portugal, el viceministro de Relaciones Exteriores de Colombia, embajador Francisco Coy, inició en Lisboa una visita de trabajo en la que sostuvo un encuentro con su homólogo Francisco André, secretario de Estado de Asuntos Exteriores y Cooperación de Portugal, con el fin de explorar e impulsar la agenda conjunta. Luego del encuentro, los dos países suscribieron el Acuerdo para el reconocimiento mutuo de licencias de conducción dirigido a turistas y visitantes en estadías de corta duración, cuyo ámbito de aplicación se buscará ampliar a los residentes permanentes en una fase próxima.

Frente al Acuerdo con Argentina, el documento se firmó entre el Canciller, Álvaro Leyva Durán, y su homólogo, Santiago Cafiero, por parte de la República de Argentina, en el cual cada país reconocerá las licencias de conducción nacionales emitidas por la autoridad competente de la otra parte, a favor de los nacionales titulares de licencias con residencia en su territorio o que estén allí por fines turísticos, siempre que tengan la edad mínima exigida por la otra parte. En el caso de residentes, la licencia tendrá vigencia hasta la fecha de la licencia concedida por el Estado de origen y para los ciudadanos en calidad de turistas con vigencia máxima de 180 días.

El ministro de Transporte, Guillermo Francisco Reyes González, expresó su satisfacción por el acuerdo que beneficiará a los conductores de estos países y facilitará la circulación, conducción y tráfico vial en el territorio, «es otro de nuestros logros tempranos y una noticia muy importante para todos los colombianos. Gracias a la firma del acuerdo se beneficiarán cerca de 9.000 colombianos, que de manera temporal circulan por las vías argentinas, así como a los 3.500 argentinos que se movilizan en Colombia”. El titular de la cartera destacó que, para el caso de Portugal, actualmente hay 958 colombianos en ese país y 504 portugueses en Colombia.

Por su parte, el viceministro de Transporte, Eduardo Enríquez Caicedo, manifestó su compromiso por continuar trabajando por los colombianos en el exterior, «recordemos que Colombia ya tiene acuerdos de reconocimiento y/o canje de licencias de conducción con Chile, Corea del Sur, España, Paraguay y Perú; y estamos trabajando en la negociación para que Italia, Francia, Hungría y Emiratos Árabes también hagan parte de la lista, lo cual es muy importante no solo en materia de relaciones exteriores, sino del compromiso del trabajo técnico que adelantamos desde el Ministerio de Transporte».

El funcionario agregó que, el tránsito internacional es una prioridad para el Viceministerio de Transporte y que seguirá trabajando en este tipo de acuerdos internacionales a través de los cuales se han beneficiado cerca de 25.000 nacionales en todos los países con los que Colombia tiene suscrito convenio.
Excepciones de los acuerdos de reconocimiento recíproco de licencias de conducción
Es importante mencionar que el reconocimiento recíproco de la licencia de conducción no aplica en estos tres casos:

a. Cuando el solicitante no es nacional de los Estados parte del Acuerdo.
b. Cuando la licencia de conducir haya sido expedida u otorgada por reconocimiento o canje con un tercer Estado.
c. Cuando el formato de la licencia de conducir no corresponda al último establecido por el país de origen y/o cuando la licencia de conducir no se encuentra vigente en la categoría que solicita para el reconocimiento.

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