viernes, octubre 25, 2024

¿Debieron intervenir?, «los grabaron por puro morbo», pareja ‘romántica’ en plena calle de Cali

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Ella al parecer, besó las partes íntimas del hombre y luego se besaron en plena vía, la pareja no estaría en sus cinco sentidos. «Los grabaron por puro morbo». Ocurrió en Cali.

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Una escena que de romántica pasó a subida de tono, cuando una pareja empezó a demostrarse ‘amor’ en plena vía pública la mañana del viernes santo, se presume que habrían salido de alguna rumba o celebración, por el estado en el que ambos estarían, bajo los efectos del alcohol o alguna sustancia.

El vídeo empezó a hacer viral en redes sociales.

Algunos subieron mostrando explicitamente los rostros de la pareja, ella que casi no podía sostenerse, besaba a su pareja; y no solo en la boca. 

Muchos critican a quienes grabaron el vídeo, además por el vocabulario expresado y las menciones que hacian. «¿No era mejor hacerles caer en cuenta donde estaban?», señalan algunos.

El  vídeo, grabado en plena autopista suroriental con 66, sector del Limonar, ha desatado toda una polémica en Cali.

«Los grabaron por puro morbo», señalan otros. «¡Ay mi Cali!», es el lamento de otros. Y no faltaron los que aplaudieron el, «¡que viva el amor!».

Se desconoce qué pasó después con la pareja. Al parecer incluso, andaban en motocicleta.

Hasta ahora, las autoridades no se han pronunciado sobre este hecho.

Sanciones

Por ley, este tipo de episodios deben ser reprendidos legalmente porque así lo establece el Código de Convivencia y Policía en Colombia.

Artículo 33 del Código de Policía que sanciona los comportamientos que afectan la tranquilidad y las relaciones entre las personas.

En este: «No constituyen actos sexuales o de exhibicionismo los besos o caricias que las personas, sin importar su género, color de piel, orientación sexual o identidad de género, manifiesten como expresiones de cariño, en ejercicio de su derecho al libre desarrollo de la personalidad». Sin embargo, esa demostración subió de tono por el acto de la felación. 

Para el caso de los actos sexuales o de exhibicionismo la multa que se impone es la ‘tipo 3’, que son 16 salarios mínimo diarios legales vigentes (SMDLV).

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