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Motocicletas en los puentes peatonales, «es que el retorno queda lejos»: Pasa en Cali, pasa en Colombia

Publicado por
Martha Montoya

Los ciclistas deben dar paso en bicicarril a otros vehículos, y los peatones deben correr para no ser atropellados en los puentes peatonales, por motocicletas y bicicletas.

Noticias Colombia.

«Nadie respeta a nadie», y al parecer, menos en las motocicletas, son los comentarios que se suelen encontrar al leer comentarios de los usuarios que dejan sobre las denuncias que realizan.

Una vez más las motocicletas están en el ojo del huracán por una situación que no es típica únicamente en Cali, y que pasa en toda Colombia.

Por ejemplo uno de los casos reportados actualmente pasa en el puente de la carrera 2 con calle 70 en la ciudad de Cali.

En vídeo fue captado un motociclista que se movilizaba en bajada por ese puente y que además es utilizado por peatones.

Si bien el puente tiene rampa no es para las motociclistas, sino, para las personas que transiten en silla de rueda, oo que tienen alguna otra discapacidad que les impida subir escaleras.

Es ‘común’

Otro caso similar pasa en el puente que queda al frente del Instituto Universitario Antonio Nariño.

Es transitado por motociclistas que aseguran que lo hacen porque «el retorno queda lejos».

En algunos barrios del oriente y sur de Cali, la practica es frecuente, «pero no se puede decir nada». De hecho, en 2021 dos puentes peatonales sobre canales de aguas, se cayeron porque el paso frecuente de motos y motocarros, los deterioraron rápidamente.

Un comportamiento contra el que la ciudadanía dice estar desvalida para llamar la atención, y en muchas comunidades no hay acompañamiento institucional.

En Piedecuesta

Mientras tanto otro caso se ha registrado en Piedecuesta, Santander, donde «hasta reídos bajan».

Según testigos este caso pasa normalmente con los mototaxis, quienes sin escrúpulo alguno se van subiendo para «acortar paso».

Las posibles multas

Según el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito una de las multas que se pueden ganar los infractores es la C14:

«Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente, como: Zonas  de seguridad y protección de la vía férrea, andenes o puentes de uso exclusivo para los peatones, sobre las aceras, excepto en el caso de entrada a garajes o sitios de estacionamiento. Para el caso de las motocicletas y los ciclomotores, por las ciclo rutas o ciclo vías».

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