Evite sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios y conozca los plazos.
Pocos días quedan para que los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que hayan practicado retenciones a título de ICA, correspondientes al sexto bimestre del año gravable 2021, puedan declarar y pagar el gravamen.
Será hasta el 28 de enero el plazo límite para cumplir la obligación y evitar sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.
“La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) les recuerda a los agentes retenedores que, no obstante, para descongestionar y agilizar los procesos de declaración y pago de esta obligación, seguirá implementando los vencimientos escalonados pedagógicos para la vigencia 2021, según el último dígito de su número de identificación”, explica el secretario Distrital de Hacienda Juan Mauricio Ramírez.
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En ese orden, los plazos sugeridos de ReteICA son los siguientes: los números de identificación terminados en 0 y 1 tendrán hasta el lunes 24 de enero; los finalizados en 2 y 3, hasta el martes 25; 4 y 5, hasta el miércoles 26; 6 y 7, hasta el jueves 27; y 8 y 9, a más tardar el viernes 28 de enero, última fecha común obligatoria para todos los dígitos. Esto, teniendo en cuenta la deuda de los meses de noviembre y diciembre del 2021.
Los canales dispuestos para hacer el pago del gravamen dispuestos por la Secretaría de Hacienda son la Oficina Virtual https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html, a través del botón PSE, así como también de forma presencial en los bancos o corresponsales bancarios autorizados.