sábado, septiembre 21, 2024

Concejo Municipal de Pereira evaluará cambios en el Fondo de Inversión Comunitario

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La Secretaría de Desarrollo Social y Político presentó ante el Concejo Municipal las modificaciones al Acuerdo 040, enfocadas en la ejecución y distribución del Fondo de Inversión Comunitario (FIC). Estas reformas buscan garantizar que el FIC llegue a todas las Juntas de Acción Comunal (JAC) legalmente constituidas, fortaleciendo así su autonomía y generando un impacto positivo en sus comunidades.

Martha Cecilia Alzate, secretaria de Desarrollo Social y Político, afirmó que “con estas modificaciones que proponemos en el Acuerdo 040, buscamos reafirmar nuestro compromiso con las Juntas de Acción Comunal para impulsar el desarrollo económico de sus comunidades, destinando equitativamente los recursos para la solución de necesidades básicas insatisfechas en los territorios. Juntos, fortalecemos el bienestar y progreso de nuestras comunidades en Pereira”.

En este sentido, María Isabel Gutiérrez, presidenta de la Federación de Juntas de Acción Comunal de Pereira, dijo que “vamos a lograr un acuerdo tan robusto y positivo que no solo dejará satisfecha a la administración comunal en cuanto a la inversión, sino que también las Juntas de Acción Comunal recibirán con gran satisfacción este presupuesto». Además, expresó su expectativa de que la Administración Municipal cumpla con su compromiso, dada la gran deuda social y económica que se tiene con la organización comunal de la ciudad.

Igualmente, Wilfor López, concejal de Pereira, manifestó que “contarán con nuestro voto positivo, dado que en buena hora la Administración presenta este proyecto para ser modificado. Hay que estudiarlo jurídicamente, también escuchamos las observaciones de los corporados, pero considero que es muy buena la iniciativa”.

Los artículos que se proponen modificar son los siguientes:
Artículo 13. Presentación de la propuesta: las JAC podrán presentar una única propuesta de inversión, ya sea de manera individual o agrupadas entre Asociaciones de Juntas de Acción Comunal (ASOJAC) o varias JAC.

Artículo 14. Distribución: la distribución del FIC se realizará durante el primer trimestre del año. Para ello, el alcalde tendrá hasta el 31 de marzo de la vigencia actual para distribuir los recursos disponibles de manera equitativa entre todas las JAC legalmente constituidas.

Artículo 15. Procedimiento: cada JAC o ASOJAC podrá presentar su proyecto por escrito a la Secretaría de Desarrollo Social y Político, de acuerdo con el cronograma y procedimiento establecidos por el acto administrativo que emita la Alcaldía de Pereira para la vigencia correspondiente.

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