domingo, noviembre 10, 2024

¡Ojo! Agentes de tránsito no están obligados a pitar antes de imponer las multas

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La Secretaría de Tránsito y Transporte ha emitido una aclaración importante para conductores y ciudadanos en general: los agentes de tránsito no están obligados a pitar antes de imponer un comparendo. Este comunicado busca explicar los procedimientos de los agentes y evitar malentendidos entre conductores y funcionarios encargados de velar por el cumplimiento de las normas viales.

Según la Secretaría, si los agentes llegan a un lugar y encuentran una infracción a las normas de tránsito, tienen la autoridad para imponer la multa correspondiente de manera inmediata. Esta acción se enmarca en la necesidad de garantizar el respeto a las leyes de tránsito y promover una conducción responsable y segura en la ciudad.

La Secretaría de Tránsito y Transporte hace un llamado a todos los conductores para que mantengan una actitud preventiva y respeten las señales y normas de tránsito en todo momento. Evitar situaciones que puedan derivar en sanciones no solo contribuye a evitar multas, sino que también es fundamental para garantizar una mayor seguridad en las vías.

La ciudadanía es invitada a acatar las normativas viales y a colaborar con los agentes de tránsito para construir una movilidad más segura y eficiente para todos.

Sin embargo, esto no es tan efectivo, pues para ciudadanos como Milena Osorio, “las medidas deben ser más estrictas, muchos dejan sus vehículos donde quieren, por el tiempo que quieren, hay lugares donde no se hacen controles y afectan gravemente la movilidad y tranquilidad de la comunidad, la ciudad se torna en un caos”, expresó al medio Quindío Noticias.

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