Néstor Ocampo
Autoridades gubernamentales y autoridad ambiental del Quindío faltan a la moral pública cuando “celebran” el Día Nacional de la Palma de Cera porque, en lugar de proteger la especie y su hábitat, como lo ordena la ley, hacen lo contrario: fomentan y protegen actividades y a empresas que destruyen el hábitat de la especie e interrumpen su ciclo vital causando su progresiva desaparición en nuestras montañas. Sucede con el turismo en Cocora, Salento, y con los grandes cultivos de aguacate Hass en la parte alta de nuestras montañas.
El último y más grave daño al “árbol nacional” lo causan empresas extranjeras que desde hace algunos años compran miles de hectáreas en la parte alta de nuestras montañas y siembran extensos monocultivos de aguacate para satisfacer la demanda del mercado internacional. Empresas que fueron traídas a la región por la promotora de inversiones INVEST IN Armenia, entidad creada por Cámara de Comercio de Armenia y el Quindío, Gobernación del Quindío, Alcaldía de Armenia, Comité Intergremial del Quindío y la Empresa de Energía del Quindío (EDEQ) (en realidad Empresas Públicas de Medellín (EPM)).
Estas empresas “aguacateras”, como ya se les conoce, además de destruir el hábitat de la palma de cera, interrumpiendo su ciclo vital y dañando los pocos especímenes que aún quedan en píe, desplazan campesinos, se establecen irregularmente en la parte alta de cuencas hidrográficas que nos surten de agua en las ciudades, nos quitan parte de esa agua y contaminan el resto con abonos y pesticidas, dañan los paisajes, abren carreteras por donde les viene en gana, imponen de facto un ordenamiento territorial favorable a su intereses y contrario a los nuestros, acaban con la diversidad biológica, cierran servidumbres, caminos y hasta vías públicas, y todo lo hacen ante la pasividad, cuando no la complicidad, evidente, de autoridades gubernamentales y ambientales.
Caso concreto el de la finca Río Azul, antes Doña Eva, en Pijao, donde el cultivo de aguacate, además de afectar el hábitat de la palma de cera, se encuentra dentro de la Zona Forestal Central (Ley 2 de 1959) y afecta el área protegida del Distrito Regional de Manejo Integrado (DRMI) “Chilí Bosque Alto Andino Pijao”. Al respecto todo lo que dice el director de la CRQ es: “podemos conceptuar como corporación que en el predio Doña Eva no se están dando afectaciones sobre la Palma de Cera a causa del cultivo del aguacate”. Además, es sintomático que cuando la “autoridad” ambiental se ve forzada a mencionar estos hechos siempre omite la razón social de las empresas o los nombres de las personas responsables.