La Alcaldía de Armenia emitió el Decreto Municipal No.1052 del 29 de noviembre de 2024, “Por medio del cual se prohíbe la venta, porte, manipulación y expendio de pólvora, productos pirotécnicos y fuegos artificiales para niños, niñas y adolescentes en el municipio de Armenia y se dictan otras disposiciones”. Esta medida busca proteger prioritariamente a los menores de edad, así como prevenir accidentes en la comunidad y garantizar el bienestar animal.
El decreto establece la prohibición total de la venta y manipulación de pólvora por parte de menores de edad, personas en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicoactivas. La comercialización de artículos pirotécnicos solo estará permitida en puntos previamente autorizados y bajo estrictas condiciones de seguridad.
Sanciones ejemplares para infractores
La normativa impone sanciones severas para quienes incumplan sus disposiciones:
- Padres de menores lesionados por pólvora: multas de hasta cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).V
- Vendedores no autorizados o reincidentes: sanciones de hasta veinte (20) SMMLV y cierre temporal del establecimiento.
- Venta informal o en lugares no autorizados: multas de uno (1) a diez (10) SMMLV y decomiso de los productos
Con esta normativa, se busca salvaguardar la integridad física y emocional de los niños, prevenir tragedias relacionadas con la pólvora y reducir su impacto negativo en animales y el entorno. Cabe destacar que, la pólvora detonante se encuentra prohibida en la Ley 670 de 2001; sin embargo, dicha ley permite el uso de pólvora luminosa.
Se invita a la ciudadanía a respetar estas disposiciones y a denunciar cualquier actividad que vulnere lo establecido en el decreto. Con su cumplimiento, se espera culminar el año sin quemados ni incidentes relacionados con la manipulación irresponsable de estos productos.