lunes, septiembre 30, 2024

En choques de latas ahora sí será sin azules

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8500 choques de latas se han registrado en lo que va de este año en Medellín. /FOTO: CORTESÍA.

Según cifras de la Secretaría de Movilidad de Medellín, solo la semana pasada se tuvo registro de 977 incidentes de tránsito de los cuales 382 tuvieron lesionados, mientras que 595 eran solo choques de latas.

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El problema es que estos accidentes terminan causando más congestiones vehiculares. Por eso, la Alcaldía de Medellín anunció que se acoge a la circular del Ministerio de Transporte, la cual contiene las instrucciones para el cumplimiento del artículo 16 de la ley 2251, que indica que si usted sufre un incidente solo daños en la vía tendrán que retirar el carro de manera inmediata para evitar el caos vehicular.

“Los usuarios hoy, después de la expedición de esta norma y la claridad de esta circular, tienen que correr sus vehículos, estén asegurados o no. Si no los mueven del sitio de la colisión y nosotros llegamos, podemos imponer un comparendo por obstaculización de la vía”.

Secretario de Movilidad, Víctor Hugo Piedrahíta.

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¿Qué hacer?

Si se choca y solo hay daños, lo que debe hacer es mantener la calma, sacar su celular, llamar a la aseguradora y por ahí derecho hacer un video que sirva como prueba de lo que sucedió y, lo más rápido posible, mover los vehículos implicados.

/FOTO: CORTESÍA.

¿Cuánto tiempo tengo?

Aunque no se tiene especificado un tiempo preciso con el que los conductores cuenten para tomar las fotos y videos y retirar los carros, la idea es que se haga en el menor tiempo posible para evitar que se armen mayores congestiones vehiculares.

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¿Y si no tengo cámara?

Conductores y entidades aseguradoras serán los responsables de recaudar todas las pruebas relativas a la colisión mediante herramientas técnicas y tecnológicas, lo que reemplazará́el informe que expide la autoridad de tránsito, así que lo mejor es que cuente con al menos el celular.

¿Y si no estaba asegurado?

Los usuarios, después de la expedición de esta norma y la claridad de esta circular, tienen que correr sus vehículos, estén asegurados o no. Quienes no tengan sus vehículos asegurados deberán acudir a centros de conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia.

¿Cuándo sí llega el tránsito?

Los agentes solo elaborarán informes cuando se trate de incidentes con personas lesionadas o en estado de presunta embriaguez. Igualmente, asistirán en casos en los que sea imposible el retiro de alguno de los automotores, debido a sus condiciones técnico-mecánicas o que producto del accidente se genere derrame de sustancias o elementos que deban ser retirados por el personal capacitado. En este caso no se podrá imponer multa.

¿Me pueden multar?

En caso de que los conductores se nieguen a retirar los vehículos, agentes de tránsito procederán con el retiro y traslado de los mismos a los patios y con la imposición del comparendo por bloqueo de calzada o intersección, cuya sanción es de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir de $ 500.000.

¿Qué debe saber la aseguradora?

Según Víctor Hugo Piedrahíta, secretario de Movilidad de Medellín, las aseguradoras no necesitan exigir el informe del accidente de la autoridad de tránsito para responder a los asegurados. Es necesario capacitar y formar a sus asegurados para que aprendan a tomar las evidencias.

¿Desde cuándo?

Ayer martes, 4 de octubre, fueron muchos los conductores que se preguntaban desde cuándo comienza a regir esta normativa, tenga en cuenta que ya se encuentra en vigencia.

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