lunes, noviembre 25, 2024

Restricciones en Bogotá para vehículos de carga mayores a 20 años: Así funcionarán

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La Alcaldía explicó que estas restricciones se realizaran con el fin de contribuir al medio ambiente.

Bogotá es la principal ciudad del país, por tal razón, cuenta con una gran cantidad de vehículos de carga, los cuales se encargan de abastecer de alimentos, combustible y otros productos a los capitalinos. Por este motivo, la Alcaldía buscó medidas para mitigar el impacto ambiental y otros factores que produce la circulación de estos automotores con más de veinte años. 

El Distrito impuso restricciones de circulación a los vehículos de carga que tienen más de 20 años de servicio. El decreto 840 de 2019, “establece condiciones y restricciones para el tránsito de vehículos de transporte de carga en el Distrito Capital, de conformidad con las zonas, horarios y condiciones”. 

Esto se realiza con el fin de contribuir al medio ambiente, además “que contribuyan a la mejora de la calidad de aire, reducción de congestión vehicular en horas de máxima demanda, aumento en la productividad de la actividad de los transportadores y disminución del impacto social”. Explicó la Alcaldía en el Decreto 077 de 2020. 

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La restricción funcionará de la siguiente manera, de lunes a viernes de 6:00 a.m. a 8:00 a.m., de igual manera durante la tarde el horario ira desde las 5:00 p.m. hasta las 8:00 p.m.  

Los días sábados, la reducción de la movilidad se basará en el número de placa del vehículo, los cuales se dividirán de la siguiente manera: 

  • Los días 2, 16 y 30 de julio habrá restricción para placas impares (1, 3, 5, 7, 9) 

Durante los días 9 y 23 de julio la restricción estará ara placas pares (0, 2, 4, 6,8) 

De igual manera, el Distrito confirmó que habrá algunas excepciones: 

  • Transporte de alimentos perecederos (sin transformación física o química) 

  • Vehículos a gas natural de fábrica (No aplica para reconvertidos) 

  • Vehículos repotenciados con año de modelo igual o inferior a 20 años -Runt- 

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