La Corte Suprema de Justicia revocó el fallo de desacato de tutela proferido por el Tribunal Superior de Ibagué que ordenó cinco días de arresto al presidente de la República Iván Duque Márquez y a la secretaria de Representación Judicial y Defensa del departamento del Quindío Paula Andrea Huertas Arcila.
El Tribunal de Ibagué había aceptado la demanda de desacato a una tutela proferida por este mismo órgano judicial, donde ordenaba al presidente Duque la prestación de vigilancia con las Fuerzas Armadas de todo el Parque Nacional Natural los Nevados, dentro de la declaratoria del Parque como subjeto Especial de Derechos para su protección, recuperación y conservación con enfoque integral.
La Presidencia de la República dio respuesta a la tutela, delegando al ministerio de Defensa para cumplir la decisión del Tribunal. Sin embargo, el Tribunal consideró que no lo había hecho, porque en la práctica no se ha cumplido dicha vigilancia, de hecho. Por tal motivo, ordenó el arresto de cinco días para el jefe del Estado y la funcionaria regional.
Sin embargo, la Presidencia explicó que ha participado en las diferentes mesas de discusión del tema y dijo que el Ejército, legal y constitucionalmente no está obligado a realizar dicha tarea, que debe ser cumplida por los guardianes del Parque designados por la Corporaciones Autónomas Regionales.
En tanto, la delegada de la Gobernación del Quindío en dichas mesas para el cumplimiento de la tutela que declaró el Parque como sujeto Especial de Derechos para su protección, recuperación y conservación con enfoque integral, argumentó que la misión de defensa corresponde, legal y constitucionalmente a las Corporaciones Autónomas Regionales y a los municipios que los albergan.
Acatando estos argumentos, La Corte Suprema de Justicia falló la demanda de desacato y decretó revocar la decisión del Tribunal que condenaba al presidente Duque y a la delegada del Quindío a cinco días de arresto.