lunes, noviembre 25, 2024

Publicidad para elecciones presidenciales solo se podrá colocar 60 días antes de las votaciones

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Dadsa y la alcaldía vigilarán el cumplimiento de la norma en Santa Marta. 

La Alcaldía Distrital de Santa Marta, a través de la dirección general del Departamento Administrativo Distrital de Sostenibilidad Ambiental, Dadsa, emitió una advertencia a los partidos y movimientos políticos, movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos para que, en las elecciones presidenciales, cumplan con las leyes establecidas para la publicidad electoral.

El Dadsa aseguró que se debe dar cumplimiento a lo establecido en capitulo III, artículo 35°, inciso 2 de la Ley 1475 de 2011 en la cual se señala que “la propaganda a través de los medios de comunicación social y del espacio público, únicamente podrá realizarse dentro de los sesenta (60) días anteriores a la fecha de la respectiva votación”.

En este sentido, la administración conminó a los actores políticos de abstenerse de instalar y/o utilizar antes del plazo previsto en la Ley, elementos de publicidad política exterior visual,  inclusive propaganda electoral “entiéndase por propaganda electoral toda forma de publicidad realizada con el fin de obtener el voto de los ciudadanos a favor de partidos o movimientos políticos, listas o candidatos a cargos o corporaciones públicas de elección popular, del voto en blanco, o de una opción en los mecanismos de participación ciudadana”.

La entidad aseguró que de hacerlo, la administración podría proceder con la imposición de multas y sanciones a los responsables.

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