La Secretaría de Ambiente advierte millonarias sanciones al uso indebido de la propaganda electoral exterior.
Previo a las elecciones de Congreso y Presidencia de la República que se avecinan en el país, la Secretará de Ambiente ha dado a conocer los nuevos parámetros con los que se regulará la publicidad exterior política o de propaganda electoral en Bogotá.
Según la secretaria de Ambiente Carolina Urrutia, «todos los candidatos y campañas tienen que respetar no solamente las normas electorales, sino las normas en materia de publicidad exterior visual. La Secretaría de Ambiente expidió la Resolución 0042 de 2022 que establece la forma en que pueden hacer publicidad las campañas y candidatos este año».
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Así las cosas, de acuerdo con la Resolución 0042 del 13 de enero de 2022, los parámetros autorizados para partidos y movimientos políticos en el marco de las campañas electorales al Congreso de la República son los siguientes:
- Un máximo de 50 vallas con registro vigente.
- Un aviso por fachada en cada una de las sedes políticas.
A su vez, los partidos y movimientos políticos con candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la República que estén debidamente inscritos en el Consejo Nacional Electoral podrán instalar, en el marco de sus campañas electorales, lo siguiente:
- Un máximo de 16 vallas con registro vigente.
- Un aviso por fachada en cada una de las sedes políticas.
Cabe resaltar que los elementos de publicidad política deberán estar registrados e instalados y los partidos tendrán que comunicar a la autoridad ambiental el número de vallas, indicando su ubicación y registro.
En cuanto a la limpieza, remoción de los elementos y el costo, se dio a conocer que correrá por cuenta de los anunciantes y asimismo, la publicidad deberá ser desmontada dentro de las veinticuatro horas siguientes a la finalización de las contiendas electorales.
Por otra parte, cada partido tendrá derecho a hacer publicidad política en un máximo de cinco vehículos automotores, distintos a los de servicios públicos, oficial o de emergencia.
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Finalmente, se dejó en claro que fijar afiches en Bogotá, en espacio público, está completamente prohibido, incluyendo la publicidad electoral.
Sanciones al incumplimiento en la publicidad exterior
Los procesos sancionatorios a quienes infrinjan las medidas dispuestas permitirá que la Secretaría de Ambiente comunique al Consejo Nacional Electoral para que investigue y sancione a quien corresponda. En cuanto a las multas, la entidad indicó que pueden llegar hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Para reportar cualquier irregularidad sobre casos de contaminación visual, los ciudadanos podrán hacerlo a través del correo [email protected]