Por acceder carnalmente de manera violenta a una interna y sostener una relación sentimental con otra, revela informe de la Alcaldía
La Oficina Asesora de Control Disciplinario de la Alcaldía de Cartagena destituyó e inhabilitó por 15 años a Rafael Chávez Castellón, guardián de la Cárcel Distrital de Mujeres, porque en ejercicio de sus funciones, accedió carnalmente mediante violencia a una de las internas y sostuvo una relación sentimental con otra de las mujeres privadas de la libertad.
Así lo informó un comunicado de la administración distrital que informa que la sanción se dio a través del asesor de despacho asignado para juzgamiento disciplinario.
Los hechos se registraron el 17 de mayo de 2021 cuando el caso fue reportado ante la Oficina Asesora de Control Disciplinario que decidió abrir indagación preliminar en contra del funcionario.
En el reporte oficial se señala que Chávez Castellón, aprovechando su calidad de miembro del cuerpo de custodia y vigilancia del centro carcelario y la subordinación que tienen las reclusas con respecto de la disciplina de dicho penal, “sostuvo una relación sentimental por siete meses con una interna, permitiéndole utilizar dispositivos electrónicos para intercambio de mensajes”.
El guardián “también obligó a practicar actos sexuales a otra mujer privada de la libertad, y adicionalmente, procurar, con la intención de destruir la evidencia que lo incriminaba en tales hechos, la incautación de los teléfonos celulares con el que se comunicaba con la misma, so pretexto de una requisa con la finalidad de confiscar drogas”, dice un aparte del fallo.
Al investigado se le consideran probados los cargos por falta gravísima regulada en el numeral 3 del artículo 64 de la ley 1952 de 2019, cometida con dolo, esto al haber permitido que dos reclusas ingresaran y utilizaran dentro de la Cárcel Distrital de Mujeres de Cartagena, teléfonos celulares.
Por lo anterior, la Oficina Asesora de Control Disciplinario resolvió sancionar al investigado con destitución e inhabilidad general por 15 años.
Este fallo es susceptible a recurso de apelación, el cual deberá ser interpuesto y sustentado por el funcionario dentro de los 10 días siguientes a su notificación
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