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Se extenderá el pico y placa los sábados en Bogotá: vehículos que NO podrán transitar

Publicado por
Pedro Morales

El alcalde de Bogotá extenderá el pico y placa los sábados en Bogotá tras emergencia por incendios forestales.

El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, hace pocos minutos declaró emergencia ambiental en Bogotá tras la expansión de los incendios en los cerros orientales de la capital. 

Dicho decreto trae consigo tres nuevas medidas de prevención que empezarán a aplicar sin excepción en la ciudad. La primera de ellas, es la restricción del Pico y Placa los días sábados desde las 6:00 a.m hasta las 7:00 p.m. 

Le puede interesar: Galán extenderá el Pico y Placa en Bogotá tras incendios forestales; esta es la restricción

Adicionalmente, Galán mencionó que durante la emergencia los conductores no podrán solicitar el Pico y Placa Solidario. No obstante, aclaró que el beneficio de circular por la ciudad solo será para aquellos que ya hayan pagado la tarifa. 

«Los que hoy tengan pico y placa solidario, con solicitud hecha y pagada, podrán circular. Los que no, no van a haber nuevas solicitudes que se acepten durante la emergencia», ratificó el alcalde de Bogotá.

Por su parte, la medida de extender del pico y placa también afectará a los vehículos de carga pesada que tengan más de 10 años. Los camiones con placas terminadas en par de 6 de la mañana a 1 de la tarde e impares de 1 de la tarde a 8 de la noche.

Pico y placa en Bogotá ¿Cuáles números no podrán circular el sábado 27 de enero?

  • El sábado 27 de enero no podrán circular los vehículos de placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0 de 6:00 a.m. a 12:00 p.m. (mediodía)
  • De la 1:00 p.m. a 8:00 p.m. regirá el pico y placa para los vehículos de carga de más de 10 años.

Lea también: 

«Se extiende el #PicoYPlaca para vehículos particulares los días sábados de 6 a.m. a 12 m. Este sábado 27 de enero le corresponde a las placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0″ se indicó en la cuenta de X de la Alcaldía de Bogotá. 

Finalmente, los ciudadanos deben estar muy atentos a esta nueva restricción, pues de no cumplirla se someterían a una multa C. 14 que equivale a 522.900 pesos colombianos. 

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Pedro Morales

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