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Fin de las evasivas de las EPS y IPS: Procedimientos que no le pueden negar a los afiliados

Publicado por
Pedro Morales

La Superintendencia Nacional de Salud reveló los cinco derechos a los que tiene derecho como afiliado contributivo o subsidiado.

La Superintendencia Nacional de Salud ha dado un paso decisivo para garantizar que las entidades prestadoras de salud (EPS) y las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) cumplan con sus obligaciones. En un esfuerzo por empoderar a los ciudadanos, se han lanzado campañas pedagógicas en redes sociales, destacando los derechos que tienen los afiliados al sistema de salud colombiano.

Recientemente, la cuenta oficial de TikTok, Supersaludcol, publicó un video informativo donde se explican los cinco derechos fundamentales que cada afiliado debe conocer. Esta iniciativa busca que los ciudadanos no solo estén informados, sino que también exijan lo que por ley les corresponde.

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Cinco derechos que tienes como afiliado al sistema de salud en Colombia:

  1. Acceso sin obstáculos: Los afiliados pueden acceder a los servicios de salud sin que se les impongan documentos adicionales a los exigidos por la ley. Esto significa que no deben presentar copias o documentos autenticados que no estén estipulados.

  2. Atención inmediata en emergencias: En situaciones de urgencia, cualquier clínica, hospital o EPS debe brindarte atención sin exigir documentos adicionales más allá de tu identificación. Además, no se pueden exigir pagarés si se trata de una emergencia.

  3. Atención prioritaria: Los menores de 18 años, las personas gestantes y los adultos mayores tienen derecho a recibir atención prioritaria. Los afiliados pueden elegir su EPS, IPS y hasta el profesional de la salud, siempre que estén dentro de la red contratada.

  4. Libertad de elección: Los afiliados tienen la libertad de elegir a su médico y la IPS que prefieran, siempre que estén dentro de la red disponible por su EPS. Esto asegura que cada persona pueda recibir la atención que considera más adecuada.

  5. Segunda opinión médica: Si no estás conforme con el diagnóstico o tratamiento de un profesional de la salud, tienes derecho a solicitar una segunda opinión. Las EPS deben contar con al menos dos entidades contratadas que ofrezcan el mismo servicio, facilitando así la consulta con otro especialista.

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La Superintendencia Nacional de Salud reitera su compromiso de proteger los derechos de los ciudadanos y se pone a disposición para resolver dudas e inquietudes sobre el sistema de salud. Con estas iniciativas, el objetivo es garantizar que cada colombiano reciba la atención que merece y no se vea afectado por las evasivas de las EPS y IPS.

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Pedro Morales

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