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En el decreto no aparece el uso obligatorio del tapabocas en el transporte público de Bogotá, ¿Por qué?

Publicado por
Pedro Morales

Alcaldía recalca que es obligatorio por norma nacional desde hace meses, solo que ahora se intensifican operaciones.

El Distrito creó el decreto que indica las restricciones de movilidad en la ciudad, tras la alerta ambiental emitida el pasado viernes; sin embargo, no entra el uso obligatorio del tapabocas en el transporte público, ya que la ley estaba desde hace meses. 

De acuerdo con la Alcaldía, esta medida es obligatoria en todo el territorio nacional, pero que ahora se van a intensificar los controles dentro de la ciudad, mientras que si se suspenderá el pico y placa solidario durante los próximos días. 

«Suspéndase la excepción a la medida de restricción de la circulación de vehículos automotores consagrada en el numeral 18 del artículo 5 del Decreto Distrital 003 de 2023, durante el término de vigencia del presente decreto, a los vehículos cuyo propietario o locatario haya solicitado voluntariamente el Permiso Especial«, sostuvo. 

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Asimismo, la Alcaldía de Bogotá explicó que en el decreto tampoco se incluyó la medida para que los menores con problemas respiratorios no vayan a clases, siendo solo recomendada ante el pico de enfermedades que se está viviendo, además que el dinero del Pico y Placa Solidario no se perderá. 

«Los permisos que hayan sido otorgados por la Secretaría Distrital de Movilidad en razón a lo señalado en el numeral 18 del artículo 5 del Decreto 003 de 2023, y que se encuentren vigentes, se reanudarán una vez culmine la vigencia del presente decreto, garantizando que el ciudadano haga uso efectivo del término«, se mencionó en el decreto. 

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El Distrito indicó que el presente decreto rige desde el martes 28 de febrero, día de su publicación en el Registro Distrital, yendo hasta tanto se normalicen las condiciones ambientales que le dieron origen. 

«La Secretaría Distrital de Ambiente comunicará a la Secretaría Distrital de Movilidad el momento a partir del cual el presente decreto perderá su vigencia, una vez cesen las causas que motivaron la alerta fase 1 declarada en la Resolución 00308 del 24 de febrero de 2023 y así se declare mediante acto administrativo«, se finalizó el decreto. 

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Pedro Morales

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