La constructora Casamaestra de Armenia no podrá reorganizarse financieramente como se lo pidió a la Superintendencia de Sociedades, pues este organismo de control le negó esta posibilidad y le dijo que esa es una decisión que debe tomar solo la alcaldía de Armenia.
Casamaestra argumentó para su reorganización un tema de insolvencia por cuatro razones: disminución en sus ventas derivadas del Covid-19; incremento en los costos de producción; demora en las licencias ambientales por parte de la CRQ; y desistimientos masivos de promitentes compradores de vivienda.
La idea de la reorganización que expuso a la Superintendencia la constructora Casamaestra estaba orientada a que se le permitiera una liquidación de la sociedad, en manos de los propios administradores de esta, para evitar que la alcaldía de Armenia tomara posesión de la compañía para realizar dicha liquidación.
Como se sabe, la alcaldía de Armenia, a través de la Dirección Administrativa de Planeación elevó cargos a la constructora al hacerla responsable de violación a las normas urbanísticas y requerimientos para enajenar inmuebles destinados a vivienda según las leyes y normas colombianas.
Planeación considera que Casamaestra ha venido ejecutando proyectos inmobiliarios sin cumplimiento de las normas urbanísticas; comercializar y vender inmuebles sin el cumplimiento de los requisitos legales; desatender las obligaciones frente a los promitentes compradores de los proyectos: Parque Residencial Oviedo, Proyecto Conjunto Residencial y Comercial Cibeles, Proyecto El Raval, Proyecto Torre Malasaña y Proyecto Torre SanGenjo.
El despacho considera que estas empresas configuraron incumplimiento en sus obligaciones legales, tales como la entrega material y formal de los inmuebles prometidos en venta. Igualmente, se vincularon a las empresas financieras Fiduciaria Corficolombiana, Alianza Fiduciaria S.A, FiduBogotá, voceras de los patrimonios autónomos constituidos para desarrollar los proyectos.
La Superintendencia de Sociedades sostuvo que la constructora está sujeta al régimen especial de “liquidación o intervención administrativa para administrar o liquidar” que deberá adelantar la Alcaldía de Armenia – Quindío, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley 388 de 1997, en consonancia con lo dispuesto en los numerales 2, 3, 4, 5 y 7 del artículo 12 de la Ley 66 de 1968.
EL QUINDIANO consultó la oficina de Planeación Municipal, donde se adelante el proceso, y allí se confirmó que Casamaestra no puede seguir realizando actividades de venta de soluciones habitacionales hasta tanto no se resuelva su situación legal. También se conoció que lo más cercano, habida cuenta de las numerables quejas, es que la Subdirección de Planeación intervenga la constructora e inicie su liquidación, lo que implica la venta de todos sus bienes y pague a sus acreedores, lo que incluye la devolución de los dineros a aquellas personas que compraron casas o apartamentos y no se les cumplió.
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