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Gobernación demandó Acuerdo que revivió el cobro de valorización en Armenia

Publicado por
Arturo García

La secretaría Jurídica del Departamento del Quindío pidió al Tribunal Administrativo del Quindío revisar la validez del Acuerdo 197 del 26 de abril de 2021, aprobado por el concejo municipal de Armenia y sancionado por el alcalde José Manuel Ríos, por medio del cual se modifican los artículos 21, 22 y 26 del Acuerdo 020 del 2014 y que tiene el propósito de condonar los intereses a los morosos de valorización, y revivir el cobro de este tributo que había prescrito en el mes de enero pasado.

La gobernación, en su misión legal y constitucional de revisar los acuerdos municipales, considera que en el acto demandado hay una clara violación a la prohibición general constitucional de realizar donaciones, lo que hace el Acuerdo 197 del 26 de abril del 2021 cuando condona los intereses de mora por valorización a quienes paguen lo adeudado antes del 31 de diciembre del presente año.

“La condonación de los intereses de mora que pretende realizar el acto administrativo objeto de revisión, es inconstitucional y no consulta el precedente que existe sobre la materia por parte de la Corte Constitucional”, dice el documento radicado en el Tribunal. Adicionalmente, explica la gobernación, en la exposición de motivos de dicho Acuerdo no se presentan argumentos para las condonaciones.

También se esgrime que se pretende dar vigencia, con el Acuerdo 197 del 2021, a una norma, el Acuerdo 2020 de 2014, que a la fecha había perdido efectos por su decaimiento administrativo, es decir, que ya no tenía validez, pues la misma era a solo 5 años, que se vencieron el primero de enero de 2021. En otros términos, el Acuerdo que se modificó, estaba muerto administrativamente.

Igualmente se cuestiona que, en el acuerdo demandado, se pretende una retroactividad al primero de enero de 2021, en abierta contradicción con el principio de irretroactividad de la ley en materia tributaria. Esto significa que las normas no pueden ser retroactivas, es decir, aplicarse en una fecha antes de su expedición, y esta tiene un atraso de por lo menos 4 meses.

Finalmente, se advierte que los aportes hechos por los contribuyentes de valorización de Armenia, deben de devolverse, como lo advierte el Acuerdo 020 de 2014, si al 31 de octubre de 2021 no se han ejecutado todas las obras propuestas. Y, de hecho, no se han ejecutado. Con el acuerdo nuevo, del 2021, que modifica el anterior, se pretende la no devolución, porque se dieron otros 5 años para realizar las obras.

Con todos estos argumentos, la gobernación pidió al Tribunal anular el Acuerdo 197 del 26 de abril de 2021 que revive el cobro de valorización en Armenia.

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