Luego de revisar los fundamentos sobre los cuales se presentó la defensa de la administración departamental frente a una tutela interpuesta por un representante de los manifestantes que hace parte del paro, el Tribunal Administrativo del Quindío decidió abstenerse de sancionar a las instituciones vinculadas, al considerar que su accionar había cumplido el estatuto de Reacción, Uso y Verificación de la Fuerza Legítima del Estado y Protección del Derecho a la Protesta Pacífica Ciudadana, establecido por el decreto 003 de 2021.
La secretaria de Representación Judicial y Defensa de la Gobernación, Paula Andrea Huertas Arcila, explicó el carácter del auto emitido por el tribunal: “Se determinó que desde la administración departamental se han cumplido con las obligaciones definidas, como la constitución de la mesa de coordinación con todos los actores relevantes en el desarrollo de la protesta; a su vez, hemos estado prestos (desde la secretaría del Interior y la dirección de Derechos Humanos) de generar espacios y propender por los derechos de la comunidad en general”.
La jefe de la cartera departamental enfatizó en el análisis que, desde la rama judicial, se hizo de la parte probatoria entregada por el gobierno departamental, y que demuestra la correcta praxis ejercida desde el ente. “El compromiso con la ciudadanía es seguir cumpliendo con estas obligaciones. Estamos a la espera de la resolución de otra tutela que alega otro incidente de desacato y que cuenta con las mismas pretensiones y similares fundamentos fáctico y jurídico, por lo que esperamos que obtengamos misma decisión de parte del juzgado Cuarto Laboral del Circuito”, señaló.
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