Las personas mayores de 60 años podrán, a partir de esta vigencia, acceder a la exención del 50% al momento de pagar el impuesto predial unificado, teniendo en cuenta los siguientes requisitos establecidos en el estatuto tributario, artículo 266, ítem 8.
Ante la Secretaría de Hacienda, los contribuyentes interesados deberán cumplir y acreditar los siguientes requisitos generales antes del 30 de junio del año en curso:
Otros descuentos
El impuesto predial unificado del año 2023, para los contribuyentes en general, deberá cancelarse en una sola cuota hasta el día 30 de junio de 2023; todo pago realizado después de esa fecha tendrá intereses moratorios.
1. Los contribuyentes que realicen el pago total del impuesto predial unificado hasta el día 31 de marzo de 2023, accederán a un incentivo por pronto pago del 10% de descuento.
2. Los contribuyentes de predios incorporados por primera vez a la base catastral del Municipio, a quienes se les liquidará el impuesto predial unificado por primera vez, podrán acceder a un descuento del 5%, siempre y cuando, cancelen la totalidad del impuesto hasta el día 30 de junio de 2023.
Este descuento es acumulable con el incentivo por pronto pago, siempre que cumplan con los requisitos para cada caso.
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