A partir del año 2022 las mujeres pueden interrumpir de manera voluntaria el embarazo en Colombia hasta la semana 24, después de esta semana solo pueden interrumpir el embarazo en tres casos.
Cuando la vida de la madre está en riesgo.
Cuando el feto tiene malformación.
Cuando se trata de un caso de violación.
Para que este proceso se haga correctamente el Ministerio de Salud emitió una resolución.
«Los actos médicos deben regirse por los cuatro principios éticos del ejercicio que son la no maleficencia, la beneficencia, la autonomía y la justicia», expuso Carlos Valdivieso, presidente del Colegio Médico de Antioquia.
Este proceso debe realizarse bajo estándares de calidad a la niña, adolescente, mujer o persona gestante que manifieste que quiere interrumpir su embarazo, incluso las menores de edad ya no necesitan la autorización de terceros para acceder a este proceso.
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El documento reitera que el procedimiento es de carácter urgente y debe desarrollarse de forma inmediata, solo en casos especiales se podrá tener un plazo de 5 días para hacer la interrupción.
Durante este proceso las entidades de salud no podrán realizar juntas médicas o adelantar remisiones para no retrasar el proceso.
«En el artículo 15 se pretende limitar la posibilidad de que los médicos puedan solicitar juntas médicas para decidir el caso de sus pacientes, esto parece estar en clara contravía con el artículo 17 de la ley estatutaria de salud que prevé la autonomía médica», explicó Valdivieso.
Los procedimientos para la interrupción voluntaria del embarazo están exentos de copagos y cuotas moderadoras. Las mujeres extranjeras en condición migratoria, regular o irregular, podrán acceder al proceso.
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