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Alcalde de Bello deberá pagar 10 años de prisión por corrupción

Publicado por
Gabriel Zapata

Un contrato de 180 millones de pesos enredaron a Pérez. /FOTO: ARCHIVO

En las últimas horas se conoció que el alcalde de Bello, Óscar Andrés Pérez, deberá pagar 10 años de cárcel por corrupción.

Así lo informó la Fiscalía que junto a la Procuraduría y la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín revocó la sentencia absolutoria proferida contra el actual alcalde de este municipio y lo condenó a 10 años de prisión por los delitos de contratos sin cumplimiento de los requisitos legales en concurso con peculado por apropiación.

Por estos mismos hechos, el ex asesor jurídico de Bello Hans de Jesús Wagner Jaramillo, también fue condenado a 64 meses de cárcel.

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En la misma decisión y por las mismas conductas también fue sentenciado a 7 años y 6 meses de prisión Harold de Jesús Hincapié Herrera, representante legal de la Fundación Semillas de Guadalupe.

¿Por qué condenaron a Óscar Andrés Pérez?

Según la Fiscalía, los hechos investigados ocurrieron el primero de octubre del año 2010, época en la que Pérez Muñoz, en calidad de alcalde de Bello, celebró un contrato por 180 millones de pesos con la Fundación Semillas de Guadalupe.

Dicho contrato tenía como objeto coordinar y ejecutar el proceso electoral del Consejo Municipal de la Juventud hasta su conformación y posesión. El contrato fue firmado por Pérez con el visto bueno Jaramillo. Este último dio el reconocimiento de idoneidad de la fundación.

Sin embargo, en la investigación se encontraron varias irregularidades. Por ejemplo, la Fundación contratada no tenía ni la idoneidad ni la experiencia necesarias, solo los citaron a ellos para la contratación, no hubo análisis técnico ni económico del valor del contrato y las actividades y los productos contratados no se entregaron en su totalidad y aun así, se pagaron.

La sentencia del Tribunal Superior de Medellín niega el beneficio de la prisión domiciliaria a los
condenados y ordena su captura para que sean trasladados al centro de reclusión que
determine el Inpec.

Contra la sentencia del Tribunal procede el recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal
de la Corte Suprema de Justicia.

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Gabriel Zapata

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