Un nuevo fallo europeo abre la puerta para que las aerolíneas no paguen compensaciones cuando un fenómeno natural, como un rayo, afecte los vuelos.
Noticias Internacionales.
Un nuevo fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) podría marcar un antes y un después para los viajeros del continente. La decisión, tomada tras un caso en Austria, establece que el impacto de un rayo sobre un avión puede considerarse una “circunstancia extraordinaria”, lo que significa que las aerolíneas podrían quedar exentas de pagar compensaciones cuando un vuelo se retrasa o cancela por este tipo de eventos naturales.
Todo empezó cuando un pasajero denunció a Austrian Airlines luego de llegar con más de siete horas de retraso desde Rumania a Austria. El motivo: el avión en el que debía volar fue alcanzado por un rayo y debió ser reemplazado.
El viajero exigió una indemnización por el tiempo perdido, pero la aerolínea se negó a pagar alegando que se trató de un hecho fuera de su control.
¿Se imagina casi 30 horas en un avión? El vuelo más largo del mundo saldrá desde Sudamérica
Identifican a pasajero que murió tras aterrizaje de emergencia en Colombia; vuelo partió de Bolivia con destino hacia Estados Unidos
Cédula digital en vuelos: lo que debes saber para evitar problemas
El caso escaló hasta el máximo tribunal europeo, que este jueves dio la razón a la compañía. En su comunicado, el TJUE señaló que “el impacto de un rayo constituye una circunstancia extraordinaria que puede liberar a la aerolínea de la obligación de pagar compensación (…) cuando da lugar a inspecciones de seguridad obligatorias”.
Sin embargo, la sentencia no le da carta blanca total a las aerolíneas. El tribunal aclaró que corresponde a los jueces nacionales determinar si la empresa tomó “todas las medidas razonables” para evitar o minimizar el retraso. En otras palabras, si se demuestra que la aerolínea actuó con negligencia o no gestionó bien la situación, el pasajero aún podría reclamar.
Lo que cambia para los pasajeros
Aunque el Reglamento europeo 261/2004 ya contemplaba excepciones en casos de fuerza mayor, este fallo amplía el alcance de lo que se considera “extraordinario”. Hasta ahora, las aerolíneas solo estaban exentas si el retraso era causado por condiciones extremas, sabotajes o cierres de espacio aéreo, pero no por fenómenos comunes como los rayos.
El nuevo precedente podría hacer más difícil para los viajeros obtener compensaciones en Europa, especialmente en temporadas de tormentas, donde los impactos eléctricos en aeronaves no son tan raros.
¿Y qué pasará con el resto del mundo?
Aunque la decisión aplica dentro de la Unión Europea, podría tener eco en otros países con regulaciones similares o acuerdos internacionales. En América Latina, por ejemplo, las normas de compensación aún dependen de la legislación nacional y del tipo de boleto adquirido.