Bogotá se alista para una nueva jornada de día sin carro y sin moto el próximo 21 septiembre.
Los bogotanos se alistan para una nueva jornada del Día sin carro y moto que se llevará a cabo el próximo 21 de septiembre de 5:00 a.m. a 9:00 p.m., esto luego de que la Secretaría de Movilidad decidiera hacer un cambio de fecha.
De acuerdo con el Distrito, el cambio de fecha del día sin carro y moto se debió a un inconformismo de los comerciantes, que aseguraron que la medida les afectaría en medio de la celebración de Amor y Amistad. Tanto gremios económicos, como centros comerciales, parques de diversiones, conductores y bares, aseguraron que el viernes es uno de los días de más movimiento económico.
«Un porcentaje muy importante de los ingresos de la semana se generan en ese día, como el sector de bares, restaurantes, centros comerciales y parques de diversiones; cerca del 30 % de los ingresos de la semana se explican por la jornada del día viernes«, explicó el secretario de Desarrollo Económico, Alfredo Bateman.
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¿Qué pasa con el pico y placa solidario en el Día sin carro y moto?
Ante la segunda jornada del Día sin carro y moto en la capital colombiana, muchos conductores se preguntan si el pago del Pico y Placa solidario les permite transitar sin inconvenientes.
No obstante, la Secretaría de Movilidad ha mencionado que «no contarán con el permiso de circulación los vehículos cuyos propietarios o locatarios hayan solicitado Pico y Placa Solidario».
Asimismo, recuerdan que las personas que hayan solicitado este permiso de circulación para el 21 de septiembre podrán utilizarlo en otro momento, por lo que no se perderá.
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Carros que tiene excepciones para salir en el Día sin carro y moto
- Transporte público.
- Vehículos y motos conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
- Vehículos y motos de emergencia.
- Vehículos y motos propulsados por motores eléctricos.
- Rutas escolares.
- Carrozas fúnebres.
- Vehículos de transporte de valores.
- Vehículos con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
- Vehículos y motos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
- Transporte destinado al control del tráfico y las grúas.
- Caravana presidencial.
- Vehículos y motos militares, de la Policía Nacional y de organismos de seguridad del Estado.
- Vehículos de servicio diplomático o consular.
- Motos de vigilancia y seguridad privada.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
- Motocicletas, vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas y/o establecimientos.
- Transporte para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
- Vehículos y motos para el control de emisiones y vertimientos.