Conozca cuáles son los vehículos exentos a pagar este impuesto.
La Secretaría de Hacienda estipulo que el impuesto vehicular es uno de los pagos obligatorios que tienen que hacer aquellas personas que cuentan con un carro y este se hace una vez al año.
A su vez, la entidad ha destacado que este cobro aporta al recaudo general de impuestos, por lo que se recoja va destinado a las mejoras en parques, vías, autopistas y otras obras más para el beneficio de la ciudadanía.
Teniendo en cuenta que el 28 de julio vence el plazo para pagar el impuesto del carro en la capital del país, es fundamental que las personas conozcan los carros que están obligados a pagar este impuesto y cuáles son eximidos.
Lea también: Conozca el descuentazo del impuesto vehicular en Bogotá: evite sanciones
¿Cuáles son los carros que deben pagar impuestos?
Hay muchos tipos de vehículos que deben hacer el respectivo pago del impuesto, por eso, en Alerta Bogotá le presentamos un listado de aquellos que deben cumplir con esta norma tributaria, los cuales son:
- Camperos
- Vehículos particulares
- Carros de tipo automóvil
- Carros híbridos
- Camionetas
- Carros de carga o de pasajeros
- Carros de servicio público
- Carros eléctricos
- Motos que tengan un cilindraje mayor a 125 centímetros cúbicos
Por otro lado, dan alivios a ciertos conductores, quienes no deben pagar el impuesto vehicular siempre y cuando se desempeñe conduciendo algunos de estos:
- Tractores, trilladoras y maquinaria al servicio agrícola.
- Tractores sobre oruga, mototrillas, compactadoras, maquinarias, motoniveladoras, cargadoras, entre otros.
- Vehículos que son de uso industrial.
- Carros de la Empresa Distrital de Transporte Urbano desde la liquidación hasta que se haga la cancelación o modificación de las matrículas de estos.
- Motonetas, bicicletas eléctricas, bicicletas normales o motos de menos de 125 centímetros cúbicos.
Es importante destacar que los vehículos automotores que comenzarán a circular en el país también están siendo considerados para que paguen impuestos.