viernes, octubre 25, 2024

Insólito: Médico hizo mal la vasectomía y ahora tiene que ayudar con la manutención de la niña que nació

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El paciente interpuso una demanda al enterarse que su esposa estaba embarazada y que la vasectomía no funcionó. /FOTO: ARCHIVO

Un juez civil de Medellín resolvió -en primera instancia- condenar a un médico y a la EPS a tener que ayudar a criar y mantener a la hija no deseada de una pareja.

Lo anterior obedece a un error que cometió el médico a la hora de realizar la vasectomía y por no haber hecho la lectura correcta del espermograma en las citas posteriores.

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El caso

El proceso de la vasectomía se realizó en octubre de 2012, cuando el paciente acudió a una clínica en la capital antioqueña para realizarse la vasectomía. Argumentaba que ya tenía hijos y que por su condición de pobreza no tendría cómo sostener uno más.

Tras un proceso aparentemente exitoso, el 6 de noviembre de ese mismo año acudió a control para la lectura del espermograma y el médico le indicó que el resultado mostraba “1,3 millones de un valor de referencia de 20 millones, por lo que se considera vasectomía efectiva”.

De esta manera, las únicas recomendaciones posteriores que le hizo, de acuerdo con la sentencia conocida por este medio, fue “mantener el peso, reducir el consumo de sal, tener una dieta a base de frutas y verduras, evitar las bebidas alcohólicas y hacer ejercicio”. Nada más.

Más adelante, el 30 de abril de 2013, el paciente asistió -una vez más- de manera voluntaria al centro médico y le fue practicado un segundo espermograma y entonces un nuevo médico le alertó que tenía “7,2 millones de valor de referencia con una viabilidad del 80 % vivos, por lo que le informaron que existía la posibilidad de que pudiera embarazar a su pareja.

Le dieron recomendaciones sobre métodos de planificación y la cita para una segunda vasectomía. Sin embargo, y sin saberlo, para ese momento su esposa ya tenía varias semanas de embarazo y en septiembre nació su hija.

Interpuso una demanda contra el médico

Entre dudas y preocupaciones, el hombre decidió hacer una prueba de paternidad en febrero del 2015 y el resultado arrojó que por la “perfecta concordancia entre los alelos de origen paterno del hijo y el genotipo del presunto padre”, la probabilidad de paternidad era del 99,99%. Fue entonces cuando se inició la demanda, que concluyó en diciembre pasado con la decisión del juez Diego Naranjo.

La respuesta de la justicia

Con base en las consideraciones avaladas por la justicia, cada uno de los demandantes recibirá como indemnización el equivalente a 20 Salarios Mínimos Mensuales (SMLMV) por perjuicio moral; más otros 20 SMLMV cada uno por daño a la vida y un valor de $143.531.067 por daño emergente consolidado y futuro por no haberles informado que el procedimiento no fue exitoso.

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La decisión histórica hace referencia a daños como la libertad de disponer si se procrea o no como una extensión del derecho al libre desarrollo de la personalidad, a afectar el proyecto vital del titular de esa garantía, a daño moral ante los cambios físicos que produce el embarazo y el desasosiego respecto a la obligación alimentaria y al derecho a elegir si se engendra o no, y de qué forma.

Redacción Q’HUBO Cali

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