sábado, septiembre 28, 2024

Estos son los 91 municipios de Antioquia en los que prohibieron el porte de armas de fuego

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Imagen de referencia para ilustrar la nota. /FOTO: COLPRENSA.

Desde el pasado miércoles, 9 de febrero, comenzó a regir la suspensión del porte de armas de fuego en 91 municipios de Antioquia que están bajo la la jurisdicción de la Cuarta Brigada del Ejército Nacional.

A través de la resolución 001 de 2023 emitida por esta dependencia militar, que está enmarcada en lo ordenado por el Gobierno Nacional a través del Decreto 2633 del 30 de diciembre de 2022, se prohibió el porte de armas de fuego en municipios del norte, oriente, occidente, suroeste y el área metropolitana del Valle de Aburrá.

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Estos son los municipios

Abejorral, Abriaqui, Alejandría, Amagá, Andes, Angelópolis, Angostura, Anzá, Argelia, Armenia Mantequilla, Barbosa, Bello, Belmira, Betania, Betulia, Briceño, Buriticá, Caicedo, Caldas, Campamento, Cañasgordas, Caramanta, Concepción, Concordia, Copacabana, Don Matias, Ebejico, El Carmen de Viboral, El Peñol, El Retiro, El Santuario, Entrerrios, Envigado, Fredonia, Frontino, Giraldo, Girardota, Gómez Plata, Granada, Guadalupe, Guarne, Guatapé. Heliconia, Hispania, Itaguí, Ituango, Jardín, Jericó, La Ceja, La Estrella, La Pintada, La Unión, Liborina, Marinilla, Medellín, Montebello, Narino, Olaya, Peque, Pueblo Rico, Rionegro, Sabanalarga, Sabaneta, Salgar, San Andrés de Cuerquia, San Carlos, San Francisco, San Jerónimo, San José de La Montana, San Luís, San Pedro de Los Milagros, San Rafael, San Vicente Ferrer, Santa Bárbara, Santa Fe de Antioquia, Santa Rosa de Osos, Santo Domingo, Sonsón, Sopetrán, Tamesis, Tarso, Titiribi, Toledo, Uramita, Urrao, Valparaíso, Venecia y Yarumal.

Es de resaltar que esta suspensión será hasta el 31 de diciembre de 2023 y también acoge a aquellos titulares de armas traumáticas.

¿Cuáles son las excepciones?

De acuerdo a la resolución, dentro de las excepciones a esta prohibición está el personal activo y la reserva activa de la Fuerza Pública, los congresistas y secretarios generales del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, magistrados de las Altas Cortes, de los Tribunales y jueces. 

Además, el fiscal general de la Nación y los fiscales de todo orden, el procurador general y los procuradores delegados; también, el contralor general y los contralores delegados.

Dentro de este grupo también están los alcaldes y gobernadores, personal de comisiones de países extranjeros siempre y cuando tengan todos los permisos y los deportistas o coleccionistas de armas de fuego debidamente acreditados y con los permisos.

Esta suspensión se da con el fin de mitigar la ola de violencia en estas regiones y quienes no acaten la prohibición, podrán ser sancionados y el arma de fuego será incautada.

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También se aclara que las personas que, de momento, cuentan con permiso especial, este estuvo vigente hasta el pasado viernes, 10 de febrero, por lo que a partir de esta fecha, no podrán portar las armas, hasta que sea renovado.

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